La misma ciencia , que conocía ya, Hermes Trimegisto, los egipcios, los mayas, y muchos otros pueblos de la antigüedad. Una Historia verdadera, de la condición humana, dentro de la Creación ó el Cosmos (Evangelio ó Verdad), con el comienzo del mal (Influencia perniciosa del planeta Tierra, sobre las personas), y con el final de ese mal (Libro del Apocalipsis), y la vuelta a la normalidad, de todas las cosas.
El verdadero mandamiento, de Jesucristo.
¿Cuál fue?
Pues fue, que toda persona, muerta, en el mundo (planeta Tierra), deberá de resucitar, de nuevo, al cabo de un cierto periodo de tiempo, a una vida eterna de cosmonautas, huida, por tanto, del planeta Tierra, o mundo, y por tanto, Jesucristo, dejó establecido, con su muerte cadavérica, y su resurrección posterior, al tercer día, que al final, no podría quedar, ningún resto cadavérico, humano, en el planeta Tierra, sin que, ese cadáver, se volviera, completamente invisible, por causa de su resurrección.
Y por tanto, legalmente, para el mundo, como, cuando le llegue su final definitivo, se debe de quedar, completamente vaciado, de todo rastro, de presencia humana, le debe de ser, lo mismo, el que una persona, desaparezca, del planeta Tierra, completamente viva, como que, el que desaparezca, del mismo planeta Tierra, una persona, cuando, ya haya muerto, tras su resurrección…
Es decir, que como, la muerte cadavérica, humana, es algo, muy fugaz, o transitorio, tal, y como dejó ordenado, Jesucristo, que al final, esa muerte cadavérica, termina convirtiéndose, en la desaparición de una persona, en el mundo, para, todas sus leyes.
Así pues, lo lógico, es, que para todas las leyes del mundo, debe de ser, lo mismo, la desaparición, completamente viva, de una persona, del mundo, que la muerte cadavérica, de una persona, que vive, en ese mundo, y su resurrección posterior.
Y por tanto, las leyes del mundo, solo deberían de contemplar, unos supuestos, nada más, que son, las desapariciones seguras, de todas las personas, del mundo, ya vivas, ya muertas, y resucitadas, nada más, de manera, que cuando, por ejemplo, a una persona, le desapareciera del mundo, a un familiar, completamente vivo, esa persona, tuviera derecho, a cobrar, su pensión correspondiente, exactamente igual, como, si ese familiar, se hubiera muerto, en el mundo, y hubiera resucitado, posteriormente, al cabo, de unas horas, o al cabo, de unos días.